En la tarde del miércoles, alrededor de las 13 horas, personal de Defensa Civil informó al jefe del Área Fiscalización de la Subsecretaría de Residuos Sólidos Urbanos, de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, sobre un incendio de importantes proporciones en un predio ubicado en calle 5 y Labrador.
El jefe de Fiscalización, Raúl Velázquez, evaluó al llegar al sitio que el incendio alcanzó un depósito clandestino de neumáticos fuera de uso (NFU) observando también restos de autopartes, corroborando también que se trata de un predio que ya había sido clausurado previamente por la Secretaría de Ambiente, ya que funcionaba como vertedero clandestino.
El incendio creció en forma veloz ya que entre los materiales que fueron alcanzados por las llamas había neumáticos, recortes de verdes, plásticos, recipientes con restos de hidrocarburos, entre otros, lo que provocó una gran combustión y humo.
Para sofocar el incendio fue necesario utilizar no solo agua para detener las llamas superficiales, sino que fueron mitigados los diferentes focos con tierra para apagar definitivamente el fuego.
En este operativo tomó intervención la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, que se ocupó de las tareas de logística y provisión de una pala cargadora, junto a la Municipalidad de Rawson que dispuso tres camiones tanque de 10 mil litros y uno con cisterna de 20 mil litros, Bomberos (dotación de Incendios Forestales) y personal de Defensa Civil (quienes operaban la máquina retro pala del municipio de Rawson).
Las tareas finalizaron alrededor de las 17 horas, e inmediatamente el cuerpo de inspectores de la Subsecretaría de Residuos Sólidos Urbanos labró el acta de infracción correspondiente, la que fue remitida al Juzgado de Faltas en Tercera Nominación a cargo del Dr. Enrique Mattar.
Según las investigaciones realizadas, en esta escombrera clandestina, si bien permanece clausurada, han seguido registrándose vertidos de residuos de todo tipo.
En la infracción consta la transgresión a los artículos 98 sobre inobservancia de disposiciones legales; 99 referido al inicio o desarrollo de actividad sin autorización; 162 por contravenciones contra la salud pública, sanidad e higiene; 167 Basureros no habilitados; y 169 sobre arrojamiento de residuos, emanaciones de gases, provocación de fuego, artículos del código de Faltas Ley 941- R.
Además, se transgredió la Ley 1114-L, que en sus artículos 20 y 21 sostiene que todo relleno sanitario o vertedero de residuos sólidos urbanos que no haya sido previamente autorizado por las autoridades competentes, será declarado clandestino e inmediatamente clausurado, ello sin perjuicio de las sanciones previstas en esta Ley y el Código de Faltas de la Provincia de San Juan.