Ricardo Alberto Rodríguez (59) fue sentenciado por el Tribunal Oral Criminal (TOC) 1 de la localidad balnearia que lo consideró culpable del delito de "homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género".
La sentencia fue dada por los tribunales marplatenses por los jueces Mariana Iriani, Ricardo Perdichizzi y Juan Galarreta, quienes de manera unánime consideraron acreditado que Rodríguez asesinó a la mujer cuando salía de su vivienda en el barrio Termas Huinco y ocultó su cadáver a la vera de la ruta 11, camino a Miramar.
La pena dictada por el tribunal fue en línea con el pedido realizado tanto por la fiscalía como por el abogado de la familia de la mujer.
Los familiares de la víctima siguieron la lectura de la sentencia en el séptimo piso de los tribunales, y su hermano, Jorge, aseguró tras el fallo que "se hizo justicia".
"Tenemos la tranquilidad de que se hizo justicia, y que esta persona va a pagar por lo que hizo. Necesitábamos una reparación desde la justicia y hemos logrado lo que buscábamos. Lo mas preciado ya no lo tenemos pero espero que esto sirva de antecedente para que no pase de nuevo", expresó.
El abogado de la familia, Maximiliano Orsini, sostuvo por su parte que "la pena fue la esperada en base a la prueba contundente que se expuso" en las cuatro jornadas del juicio, entre el 17 y 20 de octubre.
El imputado no estuvo presente en el TOC 1 y siguió la audiencia por videoconferencia desde la Unidad Penal 44, donde cumple prisión preventiva desde su detención.
La desaparición de Repetto fue denunciada el 2 de marzo de 2020, y tras 27 días sin rastros de ella ni de él, el hombre confesó el crimen luego de ser capturado en plena cuarentena por los hijos de la mujer, y aportó información que permitió localizar el cadáver.
De acuerdo al fallo, en el juicio quedó "plenamente acreditado, sin margen de duda alguna", que el hombre "acometió físicamente" a Repetto "entre las 20.42 y 21.09" del 1 de marzo, la ingresó a su domicilio, ubicado delante del de ella sobre el mismo terreno, en Don Orione al 1500, y "procedió a golpearla violentamente".
Los jueces precisaron que "a través de las lesiones producidas en su cabeza y cuello", Rodríguez produjo en la mujer "una anestesia previa, arreflexia y ruptura de vasos en región de las vías aéreas superiores" que le ocasionaron "la obstrucción de las vías aéreas" y la condujeron a "un paro cardiorrespiratorio" por "asfixia por broncoaspiración".
Señalaron además que el imputado limpió el lugar del crimen, envió mensajes de texto desde el celular de la víctima para "cancelar una cita" con un amigo que debía pasar a buscarla y luego transportó el cuerpo casi 15 kilómetros en una moto, para enterrarlo en un pozo "disimulado por un arbusto y un hormiguero de grandes dimensiones".
Según indicaron, la violencia de género que ejerció mientras mantuvieron una relación y luego de que ella decidiera ponerle fin fue "coherente y unánimemente" ratificada "por la totalidad de los testigos convocados al juicio".
Al fundamentar su voto, la jueza Iriani destacó a su vez que quedó demostrado "el vínculo obsesivo-posesivo" que tuvo la relación entre el imputado y la víctima, y subrayó además el "destrato recibido" por los familiares de Repetto por parte de "las autoridades de la policía".
En ese sentido, el fallo instó también a la policía local, en especial al personal de la Comisaría 3ra. que intervino en la investigación, "a realizar una exhaustiva y profunda capacitación en género y masculinidades, a fin de formar grupos operativos especializados en este tipo de delitos, que tengan formación en la problemática de género".
A su vez, los magistrados ordenaron notificar a la Fiscalía General las acusaciones realizadas por la ex esposa del imputado durante su declaración como testigo, en la que aseguró que Rodríguez trató de ahorcarla en noviembre de 2013.
El acusado no declaró en ninguna de las audiencias del juicio, y en sus últimas palabras ante el tribunal tras los alegatos de cierre pidió perdón a los familiares de la víctima, y dijo estar "muy arrepentido".
El fallo fue en línea con el pedido del fiscal Leandro Arévalo, titular de la Unidad Funcional de Instrucción 7, quien había solicitado la pena máxima al considerar probado que el hombre mató con una "feroz golpiza" a Repetto, y trasladó antes del amanecer el cuerpo en moto para ocultarlo.
Lo magistrados no hicieron lugar en tanto a los planteos del defensor oficial del imputado, Christian Rajuan, quien había mencionado el "arrepentimiento" expresado y cuestionó la calificación legal.
En ese sentido, Perdichizzi señaló: "No advierto que pueda tomarse como tal el ´arrepentimiento´ mencionado por el causante al inicio del debate, por no surgir una expresión sincera en tal sentido que permita atenuar la sanción a fijar".
Télam